viernes, 30 de diciembre de 2011

PROCESO INQUISITORIAL CONTRA SIMÓN DE ROJAS CLEMENTE Y RUBIO (1818)


     
Fernando Martín Polo
Investigador
fmartinpolo@gmail.com
Recibido: 5 de septiembre de 2009. Devuelto para revisión: 15 de diciembre de 2009. Aceptado: 3 de mayo de 2010.

Proceso inquisitorial contra Simón de Rojas Clemente y Rubio, 1818 (Resumen)

 Se comenta el proceso inquisitorial abierto en 1818 contra Simón de Rojas que fue denunciado por un sacerdote de su mismo pueblo a causa de una conversación que tuvieron y donde el naturalista manifestaba ideas contrarias a las enseñanzas de la Iglesia y próximas a la filosofía y a la ciencia de la Ilustración, así como los pasos seguidos y el desinterés que llega a producir este proceso por las razones que se explican. Tras el comentario se inserta todo el proceso abierto por la Inquisición.

Palabras clave: Inquisición, Ilustración, siglo XIX.                    

Inquisitorial process against Simon de Rojas Clemente y Rubio, 1818 (Abstract)

 We comment the inquisitorial process open in 1818 against Simon de Rojas who was denounced by a priest from his same village because of a conversation that they had and where the naturalist showed ideas contraries to education of Catholic Church and nearest to philosophy and science of the Enlightenment, the same way as followed steps and the disinterest that this process reached because of reasons we comment. After commentary we insert all the process open by Inquisition.

Key words: Inquisition, Enlightenment, 19th Century.

En el apartado de la Inquisición del Archivo Histórico Nacional, legajo 4490, nº 2, se encuentra el expediente del proceso inquisitorial que se abrió contra Simón de Rojas Clemente y Rubio, no está paginado y consta de 21 páginas no muy copiosas.

El expediente fue abierto en Domeño (Valencia), que es donde declaró Mariano Yuste, cura de Loriguilla (cerca de Domeño); este sacerdote era natural de Titaguas (Valencia) al igual que Simón de Rojas por lo tanto es normal que se conocieran y hasta que fueran amigos; pues bien, en una visita que le hizo el párroco a su casa en 1813, el naturalista de Titaguas le contó lo que iba a dar lugar a la apertura de este expediente, abierto el mes de septiembre de 1818.

Desde 1813 hasta 1818, Mariano Yuste llevaba el peso moral de no haberle denunciado y finalmente decide hacer la denuncia ante el Santo Oficio, precisando “que no lo ha dicho por odio, ni mala voluntad que tenga al sujeto declarado, sino por descargo de su conciencia”, como consta en el propio expediente. El cura de Loriguilla pudo, pues, por fin, descansar tranquilo tras contar a José Cebrián, sacerdote de Domeño y “comisario del Santo Oficio para esta diligencia”, y ante otros testigos la conversación que tuvo en la casa de Simón de Rojas en 1813 en la cual éste realizó las siguientes afirmaciones que, extractadas literalmente, fueron:

“Que habiéndose confesado en cierta ocasión en Madrid, como le precisare el confesor a delatar a un amigo suyo al Tribunal del Santo Oficio, le contestó que no se atrevía a delatar a un amigo; insistiendo el confesor en persuadirle esta obligación, y diciéndole no le podía absolver si no hacía la delación […] tomó dicho Simón el partido de apartarse del confesionario sin la absolución” [no se cita por qué tenía que denunciarlo].
“Que en el sexto mandamiento sólo se prohíbe el adulterio”.
“Que […] era católico por la casualidad de haber nacido entre católicos”.
“Que el matrimonio era un contrato natural, y que podía disolverse”.
“Que se hallaba enterado de los fundamentos de todas las sectas, tenía leído el Corán, que ¿por qué se habían de prohibir los libros? Asimismo expresó que en Inglaterra había tratado con los cuáqueros […] con motivo de hallarse instruido en la lengua hebrea”.[1]

Por todo lo anterior Mariano Yuste, su confidente ocasional, creyó que el botánico tenía “maleado el corazón […] en materia de la creencia católica”[2]. Y de ahí la denuncia. Dos semanas más tarde en el acto de confirmación de lo declarado, el denunciante se reafirmaba en todo, incluso todavía añadía más motivos de denuncia “en las ocasiones que trató al expresado Don Simón de Roxas, en el año que arriba va citado”, o sea, en ocasiones distintas a cuando fue a su casa. En estas dos semanas se animó, pues, a completar lo que había empezado (que otros habrían aprovechado para hacer el camino inverso o minimizar la primera denuncia). Lo hizo también “por descargo de su conciencia”, la cual quiso descargar del todo. Estos motivos eran que

“hablando el delator de la propagación del pecado original, contestó aquél que eso estaba por ver, igualmente hablándose de la extensión del Evangelio […] aunque éste [Yuste] no tiene presente los términos en que se explicó, le parece que no fue en el sentido católico; y últimamente hace memoria también el declarante que hablándose del Diluvio Universal, y pronunciando éste que el Arca había descansado sobre el monte Ararhat, contestó el dicho D. Simón, como con desprecio, ¿quién lo ha visto?”[3]

Evidentemente está clara la razón del proceso abierto contra Clemente. Motivos no le faltaban al Santo Oficio para condenar al botánico de Titaguas, cuyo discurso es totalmente ilustrado; en efecto, sin siquiera entrar a analizar las afirmaciones anteriores pienso que nadie puede dudar de que sus proposiciones (como se llamaban a los juicios e ideas personales) se inscriben dentro del respeto al pensamiento de cada cual y en la línea de la filosofía y de la ciencia de la Ilustración, aunque se expresen ya en el siglo XIX. Y lo hace en una conversación particular; como dice en su autobiografía: “Por desconfianza de mí mismo, o por mi poca afición a la polémica, comunicaba mis pensamientos familiar y amistosamente, o por medio de la imprenta”[4] -por medio de la imprenta hay que leerlo entre líneas en todo caso-, sin embargo, estos pensamientos que no muchos años antes podrían haber sido suficientes para llevar a la hoguera a Clemente (máxime teniendo en cuenta que tenía un precedente por causas parecidas en Sevilla) iban careciendo de sentido en aquel momento para emitir cualquier clase de condena. Con ello entramos en el aspecto formal del proceso.

Ya desde el principio, la Inquisición de Valencia quiere trasladar el expediente a Madrid que es donde tiene su residencia habitual el procesado, y así lo hace constar; y hace constar también que en 1805 ya se le abrió un expediente “por igual delito en el Tribunal de Sevilla”[5] (lo cual nos lleva a pensar que Simón de Rojas desde hacía muchos años pensaba de esta manera); en la declaración de Mariano Yuste, ya el sacerdote de Domeño, José Cebrián, (quien había conocido al procesado en la Universidad de Valencia hacía unos 20 años) le pregunta “si sabe que el sujeto se tome del vino, o que padezca lúcidos intervalos, o cualquier otro accidente que le perturbe el juicio”[6], de todo lo cual nada sabe el delator, pero subyace la idea de que si se hubiera tomado un vaso de más pues serían hasta disculpables estas proposiciones. Cuando el expediente llega a Madrid lo primero que se hace es pedir los antecedentes que en Sevilla pudiera haber sobre el delatado –la razón es que no hay testigos de lo declarado por Yuste-, desde donde se contesta que tenía un proceso pendiente pero que los franceses destruyeron los archivos inquisitoriales en esa ciudad (privándonos a nosotros de saber más sobre las ideas del ilustrado), y, por fin, se pide observación de la conducta de Clemente (“en puntos de creencia”[7]) a Eulogio Carrascoso, bibliotecario real, haciendo hincapié en que se tome su tiempo, y tanto tiempo se toma que los comunicados ya se espacian mucho más, para acabar afirmando el bibliotecario del rey que desea ayudar pero no sabe con qué medios pues no se presenta “ninguno actualmente a mi imaginación”[8]. Era el 13 de abril de 1819. Ya no hay más documentación al respecto y es muy probable que aquí acabara el proceso. A Simón de Rojas nunca se le llamó a declarar pues todo se llevaba en secreto.

Una cierta desgana preside este expediente, parece como si se le quisiera dar carpetazo desde el principio, todos se lo quieren quitar de encima –excepto el denunciante, y es que estamos en vísperas de un cambio de régimen liberal que se veía venir, parece como si el inquisidor temiera tener que responder más tarde por llevar al Tribunal del Santo Oficio causas como la que nos ocupa. Mariano Lagasca, hablando de los años 1815-1817, en un comentario que hace a la autobiografía de Clemente apunta: “Estaba viendo acercarse una revolución cuyo giro se ocultaba”[9], y esta realidad está presente en la mente de los tribunales inquisitoriales. El especialista en la Inquisición, Henry Kamen, opina, refiriéndose a esta época, que el tribunal existía “de manera nominal más que real […] Efectivamente, el Santo Oficio estaba ahora moribundo”[10]. Por eso no le pasó nada a Simón de Rojas, por eso quizás se atrevió a hablar en su casa a su amigo, el sacerdote Mariano Yuste. No sabemos, no obstante, si el acusado llegó a enterarse del proceso que contra él se le seguía, intuitivamente supongo que sí (con tanto papel y trasiego alguna noticia le llegaría). Unos años más tarde, tras el Trienio Liberal, hubo una involución al respecto y la Inquisición, rebautizada como Juntas de la Fe, todavía ajustició a un maestro de la secta de los cuáqueros (precisamente la secta con la que trató Clemente en Inglaterra) por no enseñar la doctrina católica a sus alumnos[11]; Simón de Rojas sabía que una tercera vez ya no lo contaría, por ello en su exilio de Titaguas, y después en Madrid, se condujo con más prudencia.

Y tras este comentario general al proceso inquisitorial contra Simón de Rojas y la citación bibliográfica vamos a insertar el expediente completo del mismo.


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